Archive for the ‘Red.es’ Category

Aumenta levemente el número de procedimientos para la recuperación de dominios .es

Wednesday, April 6th, 2011

Una vez que se han resuelto todos los procedimientos abiertos y observando las cifras sobre decisiones dictadas en la OMPI/WIPO por los expertos para los nombres de dominio bajo el código correspondiente a España “.es” durante el año 2010, éstas nos indican que se han tramitado 60 procedimientos de los cuáles:

  • 11 se han archivado.
  • En 5 procedimientos se ha dado la razón al demandado, desestimando la demanda.
  • En 44 procedimientos se ha dado la razón al demandante, produciéndose la cesión del dominio.

De las cifras, comparándolas con las cifras de los años 2007, 2008 y 2009 observamos que hay un leve ascenso en los procedimientos tramitados:

  • 2007: 34 procedimientos
  • 2008: 50 procedimientos
  • 2009: 55 procedimientos
  • 2010: 60 procedimientos

Tal y como la propia OMPI anunció el jueves pasado en su informe sobre los procedimientos tramitados a través de su sistema de arbitraje, sobre el crecimiento en un 28% del número total de casos, podemos observar que este crecimiento también se ha producido en cuanto a los dominios .es se refiere, si bien, repetimos, de forma leve. En este caso el porcentaje de crecimiento respecto al 2009 es de un 9%.

Debemos decir que significativamente el número de procedimientos extrajudiciales en materia de nombres de dominio, sea la extensión que sea es prácticamente irrisorio para el número de dominios registrados. Si observamos la cifra publicada por red.es, en la actualidad existen un total de 1.300.000 dominios .es, de los cuáles 69 han sido objeto de procedimientos extrajudiciales.

(Fuente: Iurismatica)

¿Conoces los procedimientos arbitrales para los litigios sobre nombres de dominio?

Tuesday, May 25th, 2010

Cuando registras un nombre de dominio (no importa prácticamente su tipología ya sea un genérico .com, .net, .biz o un territorial .es) debes ser consciente que estás aceptando un procedimiento arbitral en caso que alguna persona o entidad considera que tiene derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio que has registrado. Este procedimiento, como decimos, podrá ser abierto en cualquier momento por aquel que lo considere oportuno. Por ello es importante conocer este aspecto y estar preparado en caso de tener que enfrentarse a un arbitraje.

Para los dominios genéricos o gTLDs, el titular del nombre de dominio acepta la UDRP o Política Uniforme de Resolución de Controversias en materia de nombres de dominio que establece el procedimiento arbitral a seguir en estos casos. El procedimiento se gestiona a través de un proveedor de resolución de controversias entre los aceptados por la ICANN (entidad que gestiona el sistema de nombres de dominio) siendo entre ellos el más conocido el de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI/WIPO), pero no siendo éste el único proveedor. Para la resolución del procedimiento se peude elegir entre un único arbitro o un panel compuesto por 3 arbitros y versará sobre 3 puntos importantes: Si el nombre de dominio es idéntico o similar a los derechos previos del demandante, si se tienen derechos o intereses legítimos sobre el mismo y si se ha realizado el registro en buena o mala fe.

Para los dominios territoriales como el “.es” existe un procedimiento idéntico y obligatorio instaurado por la Entidad Pública Empresarial Red.es, si bien difiere en que en este caso no se podrá optar por un panel de 3 árbitros siendo un único árbitro el que resolverá el litigio.

Ante estos procedimientos es importante asesorarse bien y dejarlo en manos de expertos que podrán asesorar bien al titular del dominio o a aquellos que quieran recuperar su dominio y evitar disgustos que pueden acarrear graves pérdidas.

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Cambios en el procedimiento de transferencia de los dominios .es

Thursday, March 11th, 2010

Tal y como estamos informando estos días, el 13 de marzo la Entidad Pública Empresarial Red.es va a poner en marcha su nueva herramienta de gestión de nombres de dominio bajo el “.es” Durante el fin de semana se producirá un parón en su herramienta de gestión, poniéndose de nuevo en producción para que el lunes esté en marcha con todos los cambios que conlleva. Si hace unos días hablábamos de los procedimientos de baja (tanto voluntaria como automática) hoy comentaremos sobre el procedimiento de transferencia de los dominios .es

En este caso el cambio más relevante es que se enviará un email a la persona de contacto administrativo que deberá “aceptar” o “cancelar” la petición en el plazo de 10 días, pulsando la opción correspondiente en el email, y sin necesidad de acceder a web de Dominios.es con los datos del identificador la persona de contacto administrativo.

Desde Domain Protect seguiremos informando de los cambios que se efectúen y las repercusiones prácticas que pueden conllevar.

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Cambios en los procedimientos de baja de los dominios .es

Tuesday, March 9th, 2010

El 13 de marzo la Entidad Pública Empresarial Red.es va a poner en marcha su nueva herramienta de gestión de nombres de dominio bajo el “.es”. Los cambios que se van a producir en la herramienta son notables e incluso hace necesario la modificación de la normativa que regula la gestión y administración de los “.es”. Desde Domain Protect queremos ir desgranando los diferentes aspectos de la normativa que consideramos importantes por la repercusión que en la práctica pueden entrañar, y que, quizá por desconocimiento incluso pueden acarrear problemas.

En este caso nos queremos hacer eco de los cambios que se van a producir en las bajas de los nombres de dominio. la nueva normativa que entrará en vigor establece 2 tipos de bajas:

- Baja Voluntaria: Se establece un procedimiento para que los beneficiarios de un nombre de dominio que no quieran seguir siendo titulares del mismo puedan, en cualquier momento, solicitar la baja voluntaria de forma telemática. Este procedimiento resulta de interés para quien, en previsión de algún litigio o problema en relación con el nombre de dominio, pueda darlo de baja sin esperar a la caducidad del mismo, o también para aquella empresa, profesional que deje de prestar un servicio y no quiera mantener el nombre de dominio. Este procedimiento ya existía en la actualidad, pero ahora será de forma telemática.

- Baja Automática. Quizá este cambio es el que más problemas puede acarrear en la práctica, puesto que si bien anteriormente existía un plazo de redención de 40 días (es decir, desde la falta de renovación del dominio, durante 40 días tenía todavía el beneficiario posibilidad de proceder al pago y renovar el dominio antes de que este pase a poder ser registrado de forma libre por cualquier otro usuario) en la actualidad dicho plazo se reduce a 5 días naturales a contar desde la fecha final de vigencia del nombre de dominio sin que red.es haya tenido constancia del pago fehaciente de la renovación del nombre de dominio. Los beneficiarios y los Agentes Registradores deberán tener muy encuenta este corto plazo para evitar cualquier disgusto y que los nombres de dominio queden libres.

Desde Domain Protect seguiremos informando de los cambios que se efectúen y las repercusiones prácticas que pueden conllevar.

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Domain Protect es Agente Acreditado por Red.es para registrar nombres de dominio “.es”

Friday, February 26th, 2010

Domain Protect, S.A. es desde abril del año pasado Agente Registrador acreditado por la Entidad Pública Empresarial Red.es para el registro de nombres de dominio bajo el “.es”.

La Entidad Pública Empresarial Red.es es el organismo público encargado por la ICANN para la gestión y administración del nombre de dominio territorial de primer nivel “.es”, a través de su departamento nic.es. Que Domain Protect sea un Agente Registrador es importantísimo para la perfecta gestión de los intereses de sus clientes. Ser Agente Registrador significa tener acceso directo a los recursos establecidos por ESNIC, sin ningún tipo de intermediario, evitando riesgos y una falta de control evidente en la gestión misma de los nombres de dominio.

Para la propia Red.es los Agentes Registradores aportan calidad y agilidad al registro de los dominios: son entidades acreditadas por red.es que actúan en cualquier trámite relacionado con el registro de dominios “.es”, con la finalidad de asesorar a los usuarios finales, agilizar la tramitación y ofrecerles una serie de servicios adicionales, tales como correo electrónico, servicios Web, alojamiento de páginas personales, registro de patentes y marcas, etc…. No lo pienses más, acude a ellos, ¡todo son ventajas!

Para Domain Protect los clientes, la privacidad y la gestión eficaz de sus dominios es lo primero, por ello, no dudó en su momento en la acreditación como Agente Registrador ni duda en ir incrementando las acreditaciones para las demás extensiones que puedan ir surgiendo.

¿Quieres un dominio .es con protección de privacidad? ó ¿quieres que te gestionen perfectamente tus dominios .es? Ponte en contacto con nosotros y te lo gestionamos: info (arroba)domainprotect.es