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Cambios en los procedimientos de baja de los dominios .es

Tuesday, March 9th, 2010

El 13 de marzo la Entidad Pública Empresarial Red.es va a poner en marcha su nueva herramienta de gestión de nombres de dominio bajo el “.es”. Los cambios que se van a producir en la herramienta son notables e incluso hace necesario la modificación de la normativa que regula la gestión y administración de los “.es”. Desde Domain Protect queremos ir desgranando los diferentes aspectos de la normativa que consideramos importantes por la repercusión que en la práctica pueden entrañar, y que, quizá por desconocimiento incluso pueden acarrear problemas.

En este caso nos queremos hacer eco de los cambios que se van a producir en las bajas de los nombres de dominio. la nueva normativa que entrará en vigor establece 2 tipos de bajas:

- Baja Voluntaria: Se establece un procedimiento para que los beneficiarios de un nombre de dominio que no quieran seguir siendo titulares del mismo puedan, en cualquier momento, solicitar la baja voluntaria de forma telemática. Este procedimiento resulta de interés para quien, en previsión de algún litigio o problema en relación con el nombre de dominio, pueda darlo de baja sin esperar a la caducidad del mismo, o también para aquella empresa, profesional que deje de prestar un servicio y no quiera mantener el nombre de dominio. Este procedimiento ya existía en la actualidad, pero ahora será de forma telemática.

- Baja Automática. Quizá este cambio es el que más problemas puede acarrear en la práctica, puesto que si bien anteriormente existía un plazo de redención de 40 días (es decir, desde la falta de renovación del dominio, durante 40 días tenía todavía el beneficiario posibilidad de proceder al pago y renovar el dominio antes de que este pase a poder ser registrado de forma libre por cualquier otro usuario) en la actualidad dicho plazo se reduce a 5 días naturales a contar desde la fecha final de vigencia del nombre de dominio sin que red.es haya tenido constancia del pago fehaciente de la renovación del nombre de dominio. Los beneficiarios y los Agentes Registradores deberán tener muy encuenta este corto plazo para evitar cualquier disgusto y que los nombres de dominio queden libres.

Desde Domain Protect seguiremos informando de los cambios que se efectúen y las repercusiones prácticas que pueden conllevar.

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